Fernando Contreras, Director del Magíster en Gestión de Personas en Organizaciones, comenta sobre la moción que otorga permiso laboral por menstruación dolorosa

La comisión de Mujeres y Equidad de Género recibió a representantes de la Dirección del Trabajo y de la fundación de niñas y jóvenes “Tremendas”. La instancia, continúa el estudio del proyecto que propone otorgar un permiso laboral por menstruación dolorosa (boletín 15933).

El objetivo de la norma es reconocer expresamente como motivo de incapacidad temporal, la dismenorrea primaria y secundaria. Esta se encuentra asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis y pólipos endometriales, entre otras.

El texto plantea que las mujeres y las personas menstruantes tengan derecho a un permiso con una duración mínima de un día y máxima de tres días corridos. Para solicitar este derecho se deberá acreditar la condición mediante certificado médico una vez al año. Así, en lo sucesivo, sólo será necesario dar aviso de su uso.

La jefa del departamento jurídico de la Dirección del Trabajo, Natalia Pozo indicó que se deben precisar bien los conceptos por los efectos y las facultades de la Dirección del Trabajo para aplicar y fiscalizar la norma. Añadió que la naturaleza jurídica no queda clara respecto de si el beneficio se refiere a una licencia médica especial o permiso, lo que tiene distintos efectos jurídicos.

Igualmente, dijo que es necesario definir el pago del subsidio o licencia médica, ya que existen espacios temporales versus un permiso, porque hay un periodo de vacancia de uno a tres días para su pago.

La iniciativa, sin embargo, es mirada con cierta suspicacia, ya que se teme que una normativa de esta naturaleza podría desincentivar a las empresas a contratar mujeres jóvenes. Al respecto, Hernán Juri, docente del diplomado en gestión estratégica de recursos humanos y relaciones laborales de Unegocios de la FEN de la Universidad de Chile, señaló: “En la forma como está redactado el proyecto, no queda claro si efectivamente se trata de un permiso o una licencia médica (considerando la exigencia de un certificado médico), lo cual también deja en indeterminación el costo del mencionado permiso y la necesidad de la trabajadora de realizar gestiones adicionales para una situación que se requiere abordar en corto tiempo en caso de existir distintas patologías”.

El director del magíster de gestión de personas de la Universidad Alberto Hurtado, Fernando Contreras, explicó que si el permiso se plantea como una licencia médica, esto se va a parecer al modelo español, que lleva unos cuatro meses de aplicación. Pero en Japón, por ejemplo, es el empleador el que concede el permiso, pero muy poca gente se logra tomar ese permiso. “Si soy una de esas personas que usa el permiso, seguramente el empleador te deja de considerar para algunas tareas, o pone caras o manda mensajes sobre si acaso es oportuno tomarse el permiso. Entonces, la conversación ya no es médica, sino que disciplina laboral”.

Añadió que este permiso sería “una barrera más” para la contratación de mujeres jóvenes. “Chile tiene una participación laboral femenina que ha tenido una baja muy importante. Pocas mujeres están trabajando y (…) una de las cosas llamativas es que la maternidad es una gran causa de salida del mercado laboral. (La menstruación) es un aspecto de la salud reproductiva y ellas terminan pagando los costos”.

Hernán Juri indicó que si bien ya existen normativas que buscan evitar la discriminación en el empleo y la contratación de trabajadores (tales como el artículo 2 del Código del Trabajo), “lo cierto es que este tipo de proyectos puede generar los mismos sesgos que actualmente tenemos con la contratación de mujeres, como ocurre con aquellas empresas que mantienen más de 20 mujeres y están obligadas a proveer sala cuna (artículo 203 del Código del Trabajo)”.

Por ello, Juri planteó que para evitar sesgos hacia el trabajo femenino, “el Estado debería incentivar su contratación a través de subsidios a las empresas, de manera de asegurar que no existan distorsiones de costos que le impidan entregar éste u otros permisos relacionados al género”.

 

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Fernando Contreras, Director del Magíster en Gestión de Personas en Organizaciones, comenta sobre la moción que otorga permiso laboral por menstruación dolorosa

La comisión de Mujeres y Equidad de Género recibió a representantes de la Dirección del Trabajo y de la fundación de niñas y jóvenes “Tremendas”. La instancia, continúa el estudio del proyecto que propone otorgar un permiso laboral por menstruación dolorosa (boletín 15933).

El objetivo de la norma es reconocer expresamente como motivo de incapacidad temporal, la dismenorrea primaria y secundaria. Esta se encuentra asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis y pólipos endometriales, entre otras.

El texto plantea que las mujeres y las personas menstruantes tengan derecho a un permiso con una duración mínima de un día y máxima de tres días corridos. Para solicitar este derecho se deberá acreditar la condición mediante certificado médico una vez al año. Así, en lo sucesivo, sólo será necesario dar aviso de su uso.

La jefa del departamento jurídico de la Dirección del Trabajo, Natalia Pozo indicó que se deben precisar bien los conceptos por los efectos y las facultades de la Dirección del Trabajo para aplicar y fiscalizar la norma. Añadió que la naturaleza jurídica no queda clara respecto de si el beneficio se refiere a una licencia médica especial o permiso, lo que tiene distintos efectos jurídicos.

Igualmente, dijo que es necesario definir el pago del subsidio o licencia médica, ya que existen espacios temporales versus un permiso, porque hay un periodo de vacancia de uno a tres días para su pago.

La iniciativa, sin embargo, es mirada con cierta suspicacia, ya que se teme que una normativa de esta naturaleza podría desincentivar a las empresas a contratar mujeres jóvenes. Al respecto, Hernán Juri, docente del diplomado en gestión estratégica de recursos humanos y relaciones laborales de Unegocios de la FEN de la Universidad de Chile, señaló: “En la forma como está redactado el proyecto, no queda claro si efectivamente se trata de un permiso o una licencia médica (considerando la exigencia de un certificado médico), lo cual también deja en indeterminación el costo del mencionado permiso y la necesidad de la trabajadora de realizar gestiones adicionales para una situación que se requiere abordar en corto tiempo en caso de existir distintas patologías”.

El director del magíster de gestión de personas de la Universidad Alberto Hurtado, Fernando Contreras, explicó que si el permiso se plantea como una licencia médica, esto se va a parecer al modelo español, que lleva unos cuatro meses de aplicación. Pero en Japón, por ejemplo, es el empleador el que concede el permiso, pero muy poca gente se logra tomar ese permiso. “Si soy una de esas personas que usa el permiso, seguramente el empleador te deja de considerar para algunas tareas, o pone caras o manda mensajes sobre si acaso es oportuno tomarse el permiso. Entonces, la conversación ya no es médica, sino que disciplina laboral”.

Añadió que este permiso sería “una barrera más” para la contratación de mujeres jóvenes. “Chile tiene una participación laboral femenina que ha tenido una baja muy importante. Pocas mujeres están trabajando y (…) una de las cosas llamativas es que la maternidad es una gran causa de salida del mercado laboral. (La menstruación) es un aspecto de la salud reproductiva y ellas terminan pagando los costos”.

Hernán Juri indicó que si bien ya existen normativas que buscan evitar la discriminación en el empleo y la contratación de trabajadores (tales como el artículo 2 del Código del Trabajo), “lo cierto es que este tipo de proyectos puede generar los mismos sesgos que actualmente tenemos con la contratación de mujeres, como ocurre con aquellas empresas que mantienen más de 20 mujeres y están obligadas a proveer sala cuna (artículo 203 del Código del Trabajo)”.

Por ello, Juri planteó que para evitar sesgos hacia el trabajo femenino, “el Estado debería incentivar su contratación a través de subsidios a las empresas, de manera de asegurar que no existan distorsiones de costos que le impidan entregar éste u otros permisos relacionados al género”.

 

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